El debate sobre la imputabilidad penal de menores en la Argentina vuelve a instalarse cada vez que un hecho violento irrumpe en la agenda pública. En los últimos días, la muerte de un adolescente de 13 años durante una persecución policial reactivó una discusión que suele plantearse de forma binaria: para algunos, se trata de un “nene” víctima del sistema; para otros, de un delincuente que debe responder por sus actos. Entre ambos extremos, el análisis se empobrece y el problema de fondo queda, una vez más, sin resolver.
La discusión parte de una confusión persistente. No se debate solo una edad legal, sino cómo una sociedad decide intervenir frente a la violencia juvenil sin negar derechos ni naturalizar la impunidad. Presentarlo como una elección entre humanidad o castigo no solo es incorrecto: es irresponsable.
Un sistema que interviene sin un marco definido
En la Argentina, la responsabilidad penal plena comienza a los 16 años. Antes de esa edad, los menores no pueden ser juzgados ni condenados bajo el régimen penal común. Sin embargo, frente a delitos graves cometidos por adolescentes, el Estado no permanece al margen: interviene a través de medidas judiciales, dispositivos de resguardo, internaciones y seguimientos que buscan dar una respuesta, aunque sin un marco penal específico y unificado.
Ese esquema híbrido, ni plenamente penal ni meramente asistencial, es uno de los principales problemas del sistema actual. La intervención existe, pero carece de reglas definidas, criterios homogéneos y objetivos explícitos. Las decisiones quedan sujetas a interpretaciones judiciales, evaluaciones técnicas y marcos provinciales dispares, lo que genera respuestas diferentes ante hechos similares.
Esta ambigüedad se vuelve especialmente visible en casos de violencia extrema. Cuando adolescentes participan en homicidios o ataques letales, el sistema puede disponer medidas de protección o control, pero no siempre una privación de libertad sostenida ni un proceso judicial comprensible para la sociedad. En algunos casos, los involucrados permanecen bajo cuidado familiar o con medidas no privativas, lo que alimenta una fuerte sensación de injusticia, sobre todo entre las familias de las víctimas.
Los proyectos para reformar el régimen penal juvenil surgen como un intento de ordenar una realidad fragmentada, establecer límites y definir qué tipo de respuesta corresponde según la gravedad del hecho y la edad del autor. El debate, entonces, no debería reducirse a una consigna sobre “bajar o no la edad”, sino a cómo construir un sistema que intervenga a tiempo, con reglas explícitas, garantías efectivas y mensajes entendibles para toda la sociedad.
Comparaciones incompletas y omisiones deliberadas
En el debate argentino sobre responsabilidad penal juvenil, es habitual citar el modelo francés como ejemplo de protección integral de la niñez. Francia establece la responsabilidad penal a partir de los 13 años, aplicando un régimen específico para adolescentes que incluye tribunales especializados, sanciones atenuadas y un enfoque educativo. El sistema reconoce la capacidad progresiva de los jóvenes para asumir responsabilidad penal, sin equipararlos con adultos.
En América del Sur, los enfoques son diversos y también progresivos. En Uruguay, la imputabilidad penal juvenil comienza a los 13 años, con medidas socioeducativas y, en casos graves, privativas de libertad, bajo un sistema separado del penal común. Chile y Paraguay establecen la responsabilidad penal a los 14 años, con regímenes especiales que combinan sanciones socioeducativas y seguimiento judicial. Bolivia también sitúa el inicio de la imputabilidad en los 14 años; los menores de esa edad son inimputables, aunque pueden recibir intervenciones de protección y, entre 14 y 17 años, aplicar medidas socioeducativas con penas adaptadas. Brasil, a diferencia de estos países, considera la imputabilidad plena a los 18 años, pero permite la aplicación de medidas socioeducativas obligatorias desde los 12 años en casos graves, incluyendo privación de libertad como último recurso.
Estos sistemas muestran que la edad de imputabilidad no define por sí sola la severidad del tratamiento judicial, sino que el contexto legal y las reglas del sistema son determinantes. Todos reconocen la vulnerabilidad social de los adolescentes y buscan balancear protección y responsabilidad frente a delitos graves.
En contraste, Argentina mantiene la edad de imputabilidad más alta de la región: 16 años. Los menores de 16 no pueden ser juzgados penalmente, aunque sí están sujetos a medidas de protección. Entre 16 y 18 años, la imputabilidad es limitada y se aplica solo a delitos graves bajo un régimen socioeducativo. Esta combinación genera un debate público centrado en la percepción de impunidad y la necesidad de reformar un sistema heredado, fragmentando la discusión entre derechos del menor y protección de víctimas.
La diferencia central no está en la dureza de las leyes, sino en la coherencia del sistema. Allí donde hay reglas claras, el debate es menos ideológico y más operativo. En la Argentina, en cambio, se toman fragmentos del modelo que conviene citar y se omite el resto.
El peso del lenguaje y la construcción del relato
Llamar “nene” a un adolescente involucrado en hechos de violencia grave no es un recurso neutral. La elección de este término condiciona la interpretación pública de los hechos y puede suavizar la percepción de la responsabilidad del menor. En el caso reciente de un adolescente asesinado por la policía, varios medios destacaron su condición de “nene”, pese a que el chico fue encontrado con un arma y tenía publicaciones en redes sociales que pueden considerarse polémicas.
Situaciones similares se repiten con otros adolescentes implicados en hechos graves. Una chica de 16 años permanece detenida por la muerte de otro menor, mientras que dos chicos de 13 años están bajo un régimen de resguardo tras participar en el último asesinato registrado. Los tres grabaron un video durante el hecho, evidenciando su participación activa en la violencia. Aun así, algunos medios con línea ideológica tienden a presentarlos exclusivamente como víctimas, aminorando su grado de responsabilidad y omitiendo el contexto completo de sus actos.
Romantizar la pobreza o la delincuencia juvenil puede ser tan problemático como demonizar a los jóvenes. Ambas aproximaciones simplifican una realidad compleja y desplazan el foco de la discusión hacia lecturas ideológicas en lugar de hacia la operativa del sistema de justicia y la intervención temprana frente a conductas violentas. Reconocer que se trata de menores de edad no implica borrar la gravedad de sus actos ni invisibilizar la necesidad de medidas efectivas de prevención y sanción dentro del marco legal vigente.
El lugar ausente de las víctimas
Hay una dimensión del debate que suele quedar relegada: la de las víctimas y sus familias. En casos donde niños o adolescentes son asesinados por otros menores, la pregunta es incómoda pero inevitable: ¿qué le dice la sociedad a esas madres y padres?
El mensaje implícito que muchas veces reciben puede resumirse en una frase tan comprensiva como insuficiente: “Entendemos tu dolor, pero los responsables también son víctimas del sistema”. Puede ser cierto en términos estructurales, pero resulta devastador cuando es la única respuesta frente a una pérdida irreversible.
Cuando no hay consecuencias, cuando los procesos judiciales se diluyen o directamente no existen por razones etarias o ideológicas, la empatía se vuelve selectiva. Se explica al agresor, se contextualiza su entorno, se enumeran las fallas del Estado. Todo eso es necesario. Pero la víctima queda sola, sin reparación simbólica ni mensaje social que reconozca el daño sufrido.
Un sistema que se presenta como protector, pero que no logra acompañar a las víctimas, falla dos veces: antes del delito y después de él.
Padres, Estado y sociedad: responsabilidades compartidas
La violencia juvenil no surge en el vacío. Hay fallas estatales evidentes, pero también responsabilidades familiares ineludibles y una sociedad que, en algunos contextos, ha naturalizado la ilegalidad como forma de supervivencia o pertenencia. Los casos recientes muestran que adolescentes pueden estar expuestos a entornos violentos desde temprana edad, mientras carecen de acompañamiento efectivo o controles adecuados, lo que facilita la escalada hacia delitos graves.
Reducir todo a una causa única, el Estado, la pobreza o el sistema judicial, es tan falso como injusto. La experiencia comparada demuestra que los países que lograron reducir la violencia juvenil no lo hicieron negando la existencia del problema, sino interviniendo de manera temprana y coordinada, estableciendo límites y sosteniendo políticas públicas de largo plazo. Esto incluye programas de prevención, seguimiento educativo, medidas socioeducativas y articulación entre familia, escuela y justicia juvenil.
Además, la responsabilidad es compartida entre distintos actores. Padres y tutores deben ejercer supervisión y acompañamiento; la sociedad, garantizar redes de contención y oportunidades; y el Estado, implementar sistemas de prevención y sanción que reconozcan la vulnerabilidad de los menores, pero no eximan de su responsabilidad penal en casos graves. Ignorar cualquiera de estos componentes dificulta la reducción de la violencia y perpetúa ciclos de delitos en los adolescentes.
Más allá del falso dilema
El debate sobre imputabilidad no puede seguir atrapado en consignas. Proteger derechos no implica negar la violencia, y reconocer la violencia no implica negar derechos. Sostener ambas ideas al mismo tiempo es incómodo, pero necesario.
Negar la violencia juvenil en nombre de la protección termina siendo otra forma de abandono. Y castigar sin contexto, otra forma de fracaso. Entre esos extremos existe un espacio que la Argentina aún no logra ocupar: el de un sistema que intervenga antes, responda después y no deje a nadie fuera del análisis.
Mientras ese vacío persista, cada nuevo caso reabrirá la discusión desde cero, con los mismos slogans, las mismas omisiones y las mismas heridas abiertas.
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