Casación ratifica controles y tobillera en prisión domiciliaria para Cristina Fernandez de Kirchner
Casación ratifica controles y tobillera en prisión domiciliaria para Cristina Fernandez de Kirchner
Viernes 13 de febrero de 2026 | 16:55

Nota: Este resumen fue generado por una herramienta de inteligencia artificial y revisado por el editor y el autor de este artículo.

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los pedidos de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner para eliminar la tobillera electrónica y flexibilizar las restricciones de visitas y uso de espacios en su prisión domiciliaria por la condena de seis años en la causa Vialidad. La mayoría de los jueces consideró que las medidas se ajustan a las facultades de control previstas para la ejecución de la pena, con un voto en disidencia.

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes los recursos de la defensa de la expresidenta para quitarle la tobillera electrónica y flexibilizar su régimen de visitas y uso de espacios en su domicilio, donde cumple una condena de seis años por la causa Vialidad. La mayoría de los jueces avaló las medidas del tribunal que ejecuta la pena, con un voto en disidencia.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes las restricciones que rigen sobre la prisión domiciliaria de Cristina Fernández de Kirchner, condenada a seis años de prisión en la causa conocida como Vialidad. El tribunal rechazó los planteos de la defensa para eliminar la tobillera electrónica y flexibilizar las reglas para recibir visitas o utilizar espacios como la terraza de su departamento en Constitución, Ciudad de Buenos Aires.

La decisión fue adoptada por mayoría de los magistrados Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, mientras que el juez Mariano Borinsky expresó un voto en disidencia. La defensa había solicitado que se revoquen estas condiciones, argumentando que las mismas no están previstas expresamente en la ley para quienes cumplen la pena bajo la modalidad de arresto domiciliario y que podrían configurar una limitación arbitraria de derechos.

El régimen vigente incluye el uso obligatorio de una tobillera electrónica que monitorea los movimientos de la expresidenta, límites estrictos para las visitas y la necesidad de autorizaciones judiciales previas, individualizadas y fundadas para quienes no integran una nómina de familiares, médicos o abogados, con topes de hasta tres personas por encuentro y dos horas por visita.

Los jueces que integran la mayoría coincidieron en que estas medidas se inscriben dentro de las funciones de control previstas por el sistema penal para asegurar el cumplimiento de la condena y evitar su desnaturalización. En el voto mayoritario se sostuvo que las restricciones no constituyen un “agravamiento ilegítimo de la pena”, sino herramientas organizativas y de control razonables en el marco de una condena de privación de libertad.

La postura de Borinsky, en disidencia, discrepó al considerar que algunas de las restricciones resultan excesivas y que la exigencia de autorizaciones judiciales previas para visitas podría exceder las pautas necesarias para cumplir una pena en un domicilio particular, inclusive para una persona bajo arresto domiciliario.

El fallo se produce luego de que en días previos la defensa presentara recursos ante la Cámara de Casación tras un escrito elevado para modificar las condiciones de su prisión domiciliaria, que incluían el retiro de la tobillera, la ampliación del régimen de visitas y el uso sin límites de la terraza, solicitudes que no fueron aceptadas por la mayoría del tribunal.

Este pronunciamiento se suma a otras decisiones judiciales recientes relacionadas con la situación legal de la expresidenta: un tribunal previsional ordenó la restitución provisoria de una pensión que había sido dada de baja tras la condena, mientras que la Justicia mantiene vigentes otras medidas vinculadas al cumplimiento de su pena.

Imagen de portada: Santiago Oroz

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