El Gobierno nacional oficializó este lunes la eliminación de un arancel antidumping del 28 % sobre las importaciones de foil, hojas de aluminio sin soporte, originario de China, en una decisión que modifica un esquema de defensa comercial vigente desde 2020. La medida fue formalizada mediante la Resolución 172/2026 del Ministerio de Economía, firmada por el ministro Luis Caputo y publicada en el Boletín Oficial.
El derecho antidumping, que había sido aplicado por primera vez en marzo de 2020 para contrarrestar supuestas prácticas de dumping, ventas por debajo del valor normal de mercado, desde China, dejará de regir tras el cierre del examen por vencimiento de plazo y cambios en las circunstancias del mercado, según los considerandos oficiales.
Durante su vigencia, la medida redujo de manera significativa las importaciones chinas de foil, que representaron menos del 3 % del consumo aparente entre 2022 y 2025, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE). En ese contexto, la producción local de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C., única fabricante nacional del producto y del aluminio primario, incrementó su participación en el mercado del 64 % en 2019 al 91 % en 2024.
Pese a que la Subsecretaría de Comercio Exterior identificó un margen de recurrencia de dumping del 14,47 % al comparar exportaciones de China hacia Chile, también concluyó que no surgía un margen claro de dumping en las operaciones directas hacia Argentina durante el período analizado. Con esos elementos técnicos, los organismos evaluadores recomendaron no mantener la medida y cerrar el examen, criterio respaldado por la Secretaría de Industria y Comercio y los servicios jurídicos del Ministerio de Economía.
La decisión impacta en la industria local y modifica un esquema que había sido solicitado por Aluar, empresa vinculada al empresario Javier Madanes Quintanilla y controlante de la firma Fate. Aluar había pedido la reapertura del examen para extender la protección comercial, pero el Gobierno rechazó ese planteo al considerar que la evidencia técnica no justificaba mantener el derecho.
El producto afectado por la eliminación del arancel pertenece a la posición arancelaria NCM 7607.11.90, que comprende hojas de aluminio de espesor entre 0,006 mm y 0,2 mm y anchura inferior o igual a 1.300 mm, insumo utilizado en la fabricación de envases para alimentos, bebidas, medicamentos y en aplicaciones de construcción.
El análisis de la CNCE también observó que, aun con el mercado mayoritariamente protegido, los precios relativos internos del foil aumentaron entre 2022 y 2024, mientras que el precio internacional del aluminio primario, principal insumo disminuyó durante ese mismo lapso. Este elemento figuró entre los argumentos que llevaron a los técnicos a recomendar no prorrogar la medida.
El levantamiento del derecho antidumping se produce en un contexto de discusión amplia sobre políticas comerciales y la conveniencia de mantener barreras arancelarias prolongadas, especialmente cuando su efecto en la estructura de mercado y precios internos no aparece alineado con los objetivos originales de protección. El impacto real sobre los volúmenes de importación y los precios de insumos en la industria argentina se seguirá de cerca en los próximos meses conforme se materialicen las condiciones del mercado tras la eliminación de la barrera comercial.











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